Baterías UE: el nuevo 'compliance' de la e-bike
Desde agosto de 2025, la diligencia debida en materias primas entra en juego. Te contamos qué exige y cómo puede afectar a marcas, OEM y tiendas en España.
La batería deja de ser solo un componente técnico para convertirse en un elemento regulatorio crítico. El nuevo Reglamento europeo de baterías introduce obligaciones de diligencia debida, trazabilidad y transparencia que afectan de lleno al negocio de la e-bike. No es una norma pensada para el retail, pero el canal no queda al margen: lo que marcas y OEM deben cumplir, las tiendas deberán saber pedir, comprobar y explicar.
Qué cambia realmente a partir de 2026
El reglamento establece un marco común para todas las baterías comercializadas en la UE -incluidas las de bicicletas eléctricas- con especial foco en:
Origen responsable de materias primas (cobalto, litio, níquel, grafito).
Evaluación y mitigación de riesgos en la cadena de suministro.
Documentación verificable que acredite ese proceso.
Información clara y no engañosa al mercado.
La clave está en la diligencia debida: las empresas que introducen baterías en el mercado europeo deberán demostrar que han identificado riesgos sociales y ambientales y que actúan para reducirlos. Según análisis sectoriales publicados por Bike Europe, estas obligaciones empiezan a aplicarse de forma escalonada desde agosto de 2025, con especial presión sobre marcas y OEM.
Qué deben hacer las marcas y los OEM
Para fabricantes e importadores, el reglamento implica pasar del “cumplimos normativa” genérico a un sistema documentado y auditable. En la práctica:
Implantar procesos formales de diligencia debida en la cadena de suministro.
Exigir a proveedores información trazable y actualizada.
Preparar dossiers técnicos que respalden cualquier claim relacionado con sostenibilidad, responsabilidad social o impacto ambiental.
Anticipar riesgos reputacionales: una batería no conforme puede afectar a toda la marca, aunque el problema esté en un proveedor lejano.
Esto no es solo una cuestión legal. Es también un factor competitivo: quien llegue antes y lo comunique bien, marcará diferencia en un mercado sensible al precio pero cada vez más atento a la transparencia.
Qué deben pedir (y saber) las tiendas
Las tiendas no son sujetos directos de la diligencia debida, pero sí son el último eslabón visible ante el cliente. Desde ya, conviene que empiecen a:
Pedir a las marcas información clara sobre el cumplimiento del Reglamento de baterías.
Solicitar argumentarios de venta alineados con la normativa (qué se puede decir y qué no).
Evitar claims vagos o no demostrables (“batería sostenible”, “100% responsable”) si no están respaldados.
Formar al equipo para responder preguntas básicas del consumidor sin asumir riesgos legales.
El punto crítico es la responsabilidad por comunicación: una afirmación incorrecta en el punto de venta puede generar conflictos, incluso si el incumplimiento viene de origen.
Riesgos y oportunidades para el canal
A corto plazo, el reglamento añade coste y complejidad. A medio, puede ordenar el mercado. Las marcas con cadenas de suministro más sólidas estarán mejor posicionadas; las tiendas que entiendan el marco regulatorio ganarán credibilidad y confianza.
Para el canal español, el mensaje es claro: no se trata de convertirse en expertos legales, sino de integrar el compliance como parte del discurso comercial. La batería ya no es solo autonomía y ciclos de carga. Es también trazabilidad, responsabilidad y reputación. Y eso, desde 2025, también se vende.





